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15 de Julio, 2009 · glosarios

Glosario diplomático

GLOSARIO DIPLOMÁTICO

Accesión
Término que significa la agregación de un tercer estado, a petición propia, a un tratado ya en vigor suscrito por otros estados, para convertirse en parte de ese acuerdo y aceptar todos los derechos y deberes que de él se deriven. Para ello es necesario el consentimiento previo de todos los estados miembros de ese tratado. 
Aceptación
Concepto que en sentido genérico denota ratificación, adhesión, aprobación o cualesquiera otra de las formas por las que un estado expresa su consentimiento para ser parte de un tratado.
Acreditación
Es el acto por el cual un estado (acreditante) comunica su voluntad de considerar a una determinada persona como agente diplomático a su servicio para actuar en dicha calidad sea ante otro estado u organización internacional.
Acta
Término utilizado en la práctica diplomática con diversos significados:
1. En sentido propio es el documento que da fe de un hecho determinado.
2. También puede recibir el nombre de acta, determinados tipos de tratados.
3. En el idioma español se usa a veces también el vocablo de “acta” como traducción incorrecta del término francés “acte” o del inglés “act”.
Adhesión
Término utilizado con doble acepción:
1. Adhesión a un tratado internacional.
2. Adhesión a una organización internacional.
La adhesión implica la aceptación por parte del estado adherente de todo el contenido del tratado sin más excepción que la que se derive de la formulación, en su caso, de reservas.
Ad hoc
Locución latina que significa 'para el efecto', 'para el caso', 'con ese fin'.
Esta locución también se utiliza para calificar a una misión o delegación que ha sido creada para un propósito específico.
Ad ínterim
Ver Encargado de Negocios.
Agente consular
Oficial consular de menor rango que el cónsul, generalmente nativo del país que representa, radicado en localidades de menor importancia, donde no existe consulado. Usualmente, este funcionario desarrolla esta labor a jornada parcial.
Agente diplomático
En sentido técnico se debe entender por agente diplomático a todas las personas designadas con tal carácter por un estado y aceptadas con el mismo carácter por otro Estado, para el desempeño con carácter permanente de funciones diplomáticas.
Su uso debe quedar limitado a al diplomacia bilateral. El término es igualmente aplicable tanto al jefe de misión como a todos los demás miembros del personal diplomático.
Agreement
Ver Plácet.
Agregado
Funcionario diplomático civil o militar asignado a una representación diplomática.
Agregado Civil
Puede referirse tanto a un funcionario subalterno como a otro de mayor jerarquía, este último con especialización profesional en distintas áreas como cultura, comercio, trabajo, etc., en cuyo caso se los denomina como "agregado cultural", "agregado comercial", "agregado laboral".
Agregado Militar, Naval o Aéreo
Oficial de las fuerzas armadas asignado a una representación diplomática en el extranjero con el objeto de trabajar en estrecha vinculación con las autoridades militares locales intercambiando información específica. Una embajada generalmente posee un agregado militar, naval o aéreo, o los tres a la vez.
Arbitraje internacional
Procedimiento para la solución pacífica de conflictos consistente en que los Estados litigantes someten voluntariamente el asunto a uno o varios jueces (árbitros) que ellos mismos designan y cuya decisión se comprometen a aceptar.
Archivos Consulares
Conjunto de papeles, documentos, correspondencia, libros, películas, cintas magnetofónicas y registros de la oficina consular, así como las cifras y claves, los ficheros y los muebles destinados a protegerlos y conservarlos.
Archivo diplomático
Conjunto de documentos antiguos o contemporáneos de la misión diplomática y, por extensión, el lugar donde se conservan y guardan esos documentos.
Debido a la importancia fundamental que tienen los documentos de la misión, el archivo diplomático goza de inviolabilidad, la que se mantiene aun en el caso de ruptura de relaciones. El estado receptor está obligado a garantizar esta inviolabilidad hasta que los archivos sean llevados a fuera de su territorio, o entregados a una misión diplomática de un tercer Estado para su custodia.
Armisticio
Acuerdo entre los estados beligerantes para cesar las hostilidades sin poner fin al estado de guerra. Es de carácter temporal.
Ascenso
En la carrera diplomática, al igual que en cualquier otra carrera jerarquizada (militar, judicial), el ascenso es el paso a una categoría superior a la que se ostenta.
Asilo político
También llamado territorial, es la acogida dispensada por un estado en el territorio de su soberanía a los extranjeros que buscan refugio en él por encontrarse perseguidos en sus países de origen por razones políticas, raciales o religiosas.
Audiencia
En términos generales, es el consentimiento que da un funcionario para que una persona lo entreviste. En el caso de los agentes diplomáticos, son comunes las audiencias de los jefes de misión con el ministro de Asuntos Extranjeros o con funcionarios de rango equivalente al del diplomático que las solicita.
La audiencia más importante, desde el punto de vista protocolario, es la presentación de credenciales, en la que el embajador designado es recibido por el jefe de Estado receptor a efecto de quedar acreditado formalmente.
Beligerante
Término que se le da a cada uno de los estados implicados en una guerra.
Beneplácito
Ver Placet.
BID (Banco Interamericano de Desarrollo)
Los estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), suscribieron en 1959 un convenio por el que se creaba el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) como un engranaje más en el proceso de integración y desarrollo latinoamericanos.
La finalidad del banco es poner sus actividades financieras al servicio del proceso de desarrollo económico de los países miembros de la región, promoviendo para ello inversiones, bien mediante la utilización de sus propios recursos o estimulando la inversión extranjera.
Tiene su sede en Washington, Estados Unidos.
Buenos Oficios
Es la intervención amistosa de un tercer estado entre dos o (más) estados que se hallan en conflicto (armado o no) tendente a obtener el inicio o la reanudación de negociaciones directas entre los litigantes o beligerantes. Pueden ser a petición de las partes o por propia iniciativa, pueden ser o no aceptados.
Se diferencian de la mediación en la medida que en los buenos oficios, el tercer estado se limita a intentar el acercamiento de las partes sin hacer ninguna propuesta para la solución del conflicto.
Canciller
1. Secretario de estado encargado de los asuntos externos o de las relaciones exteriores de una nación; 2. Secretario de una embajada (ver Cancillería, Jefe de)
Cancillería
En México la cancillería es sinónimo de Secretaría de Relaciones Exteriores. Oficina donde el jefe de la misión y su personal desarrolla sus tareas. En general, se la confunde con la embajada pero técnicamente es inapropiado ya que embajada es el lugar donde el embajador vive y no donde trabaja aunque, en algunos casos, ello ocurra en un mismo edificio. Actualmente se suele utilizar el término "residencia del embajador" para diferenciarla de la cancillería.
Cancillería, Jefe de
Funcionario de una embajada o representación diplomática, encargado de coordinar su funcionamiento operativo y administrativo. Generalmente suele ser el titular de la sección política. También se lo denomina "Canciller".
Canje de notas
Forma de concluir un tratado que consiste en intercambiarse entre dos estados dos notas cuyo contenido se declara por ambos que se quiere constituya un acuerdo internacional.
Carrera Consular
Se denomina así al conjunto de funcionarios que en un país determinado tiene encomendado el ejercicio regular de funciones consulares.
Carrera diplomática
Conjunto de funcionarios que en cada país tiene encomendado el ejercicio de la función diplomática en el exterior, así como la administración de los asuntos internacionales que son encauzados y tramitados a través del propio ministerio de relaciones exteriores.
Se denomina también impropiamente a dicho conjunto de funcionarios como cuerpo diplomático.
La denominación “carrera” alude a su estructura jerarquizada en diferentes categorías o grados.
Cartas Credenciales
Nombre de las cartas otorgadas a un embajador por el jefe de estado de su país, y dirigidas hacia el jefe de estado del país de destino. Son entregadas por el embajador en una ceremonia formal de presentación de credenciales que generalmente tiene lugar poco tiempo después de su llegada al nuevo destino. Hasta que esta presentación se realice el embajador no está oficialmente reconocido por el país anfitrión y por lo tanto no puede actuar en calidad de tal. Se las denomina "cartas credenciales" debido a que en ellas se requiere al jefe de estado destinatario que conceda "pleno crédito" a todo lo que el embajador manifieste en representación de su gobierno.
Carta Rogatoria
(Comisión Rogatoria). Es el ruego y apoderamiento que dirige un juez o tribunal de un país a un juez o tribunal de otro país para que realice determinados actos procesales (ejemplo: notificaciones, interrogatorios de testigos, etc.).
CEPAL
Comisión Económica para América Latina, órgano auxiliar de las Naciones Unidas, creado por la Resolución de 1948 de su Consejo Económico y Social, en cuanto a instrumento regional de carácter económico que busca cubrir los fines atribuidos a las Naciones Unidas mediante el incremento de la actividad económica de la zona, ayudando a mantener las relaciones económicas regionales existentes dentro de la estructura orgánica de las Naciones Unidas. Está integrado por todos los estados americanos, así como por los estados extracontinentales que administran territorios en el hemisferio americano.
Ceremonial
Conjunto de reglas y formalidades fijadas para los actos públicos o solemnes. Ver Protocolo.
Circunscripción Consular o Distrito
Territorio atribuido a una oficina consular para el ejercicio de las funciones consulares.
Compromiso arbitral
Acuerdo entre dos o más estados para someter una controversia entre ellos a la decisión de un árbitro o de un tribunal de arbitraje. En este acuerdo generalmente se señala la jurisdicción, el derecho y el procedimiento aplicables al litigio.
Comunicado
Texto público en el que se da a conocer una noticia, o se adopta una posición determinada respecto a un hecho o a un acontecimiento, siendo divulgado normalmente por escrito a través de un organismo oficial.
Comunicado conjunto
Comunicado que se hace público en ocasión de una visita oficial de alto nivel u otro acontecimiento internacional de relevancia que ha sido previamente negociado y pactado entre los estados que lo emiten.
Comisión Rogatoria Internacional
Es el ruego y apoderamiento que dirige un juez o tribunal de un país a un juez o tribunal de otro país para que realice determinados actos procesales, en un procedimiento del que está conociendo primero.
Concordato
Acuerdo concluido en forma de tratado internacional entre un estado y la Santa Sede sobre materias religioso-administrativas.
Condecoración
Insignia o algún símbolo de honor y distinción que se otorga a alguien en reconocimiento de sus méritos.
Consejero
Funcionario de una embajada o misión ubicado jerárquicamente por debajo de un embajador o ministro. En embajadas donde este último no existe el consejero es el vicejefe de la misión (aunque, en las más pequeñas, el que sigue al embajador puede no tener este grado). En una embajada grande, el segundo en jerarquía puede ser un ministro, o ministro consejero, en cuyo caso los titulares de las secciones más importantes poseen el grado de consejero. Los cargos de consejero político, económico o administrativo son notorios y muy respetados en el ámbito diplomático.
Cónsul
Representante de un estado en una ciudad extranjera para proteger en ella los intereses de las personas y de la nación que lo designa.
Cónsul General
Oficial consular de más alto rango, radicado en un lugar de considerable importancia comercial. Jefe del servicio consular de su nación que supervisa a los otros cónsules en el país que reside.
Consulado
1.    Territorio en que un cónsul ejerce su cargo
2.    Sitio en el que despacha
3.    Cargo de cónsul
Oficina establecida por un estado en una ciudad importante de otro país con el objetivo de apoyar y proteger a los ciudadanos de aquél que viajen o residan en este último. Se encargan además de desarrollar otras funciones administrativas importantes como emitir visas (cuando sean requeridas) a los ciudadanos de la nación en que se encuentren, que deseen viajar al país que representan. Todos los consulados, ya sea que estén situados en la capital de un país o en otras ciudades, dependen administrativamente del embajador o de la embajada. Además de sobrellevar sus tareas consulares, suelen actuar a menudo como "sucursales" de la embajada apoyando a ésta, por ejemplo, con las responsabilidades económicas y políticas.
Consulado General
Consulado de mayor jerarquía e importancia dirigido por un cónsul general.
Cónsul Honorario
Nativo de un país designado por otra nación para desarrollar algunas funciones consulares en una localidad en donde aquella no tenga representación consular.
Convención Internacional
Término equivalente a un tratado internacional, que aunque se suele reservar a aquellos que tienen un carácter normativo de índole general aplicable a un número elevado de estados participantes.
Convención de Viena Sobre Relaciones Diplomáticas
Tratado internacional abierto a la firma de los estados en Viena el 18 de abril de 1961, al término de la Conferencia de las Naciones Unidas en la materia.
Consta de 53 artículos que fundamentalmente codificaron en forma de disposiciones positivas el derecho diplomático relativo a las misiones diplomáticas permanentes de carácter bilateral y a las relaciones por ellas desarrolladas, en determinadas cuestiones la Convención innovó con disposiciones hasta ahora no existentes. La Convención estableció normas más claras en la materia que las recogidas por la costumbre internacional que hasta entonces regulaba las relaciones diplomáticas bilaterales. Los estados que no son miembros, se siguen regulando por la costumbre internacional.
Convenio
Acto jurídico que surge por el consentimiento de las partes. Comunmente designa lo mismo que el término "tratado", aunque algunos autores afirman que es menos general.
Cuerpo Diplomático
Conjunto de diplomáticos extranjeros reunidos en la capital de una nación. En ciudades donde residen los cónsules y cónsules generales, se los denomina colectivamente como cuerpo consular. Generalmente, el decano de ambos cuerpos es el de mayor antigüedad en su cargo. Existen excepciones a esta regla, en la mayoría de los países católicos, donde el decano es siempre el nuncio apostólico. El decano representa al cuerpo diplomático ante los funcionarios del país anfitrión en asuntos de carácter protocolar o administrativo referidos a dicho cuerpo en su conjunto.
Decano
Título que se da al jefe de misión de más alto rango y que tiene precedencia sobre sus demás colegas acreditados. En algunos países que tienen relaciones con la Santa Sede, al nuncio le corresponde ser decano por el solo hecho de representar al Papa, y en otros (como por ejemplo Costa de Marfil y Senegal), se otorga el decano al jefe de misión de su antigua metrópoli.
En la actualidad las funciones del decano son limitadas y se reducen a la de actuar como portavoz del Cuerpo Diplomático en algunas ceremonias. Algunos países, entre ellos México, no acepta esta función del decano, ya que consideran que no hay necesidad de un intermediario para que un jefe de misión plantee directamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores cualquier queja acerca de lo que él pudiera considerar como violatorio a sus privilegios e inmunidades.
Démarche
Vocablo francés que se utiliza para definir cualquier gestión diplomática que realice un agente diplomático ante una Cancillería.
Esta gestión puede ser en forma de una petición, propuesta, ofrecimiento, protesta, insinuación, advertencia, etc.
Denuncia
Es una de las formas de terminación de los tratados, y consiste en la declaración de voluntad prevista en el pacto que produce una parte para manifestar que hace uso del derecho de retirarse del convenio sin responsabilidad. En ocasiones se equipara a la notificación que una parte hace a la otra para declarar que considera disuelto el tratado sin haber surtido causa alguna.
Depositario
Estado designado por las partes para que custodie el texto original de un tratado y lleve a cabo ciertas funciones con respecto a él, tales como registrarlo, expedir copias certificadas o auténticas, recibir los instrumentos de ratificación, adhesión, etc., notificar y comunicar denuncias y, en general, proporcionar toda la información relativa al mismo.
Derecho de legación
Es aquel que tienen los estados soberanos para enviar y recibir agentes diplomáticos. Se considera derecho de legación activo a la facultad que tiene un estado para enviar una misión diplomática, y derecho de legación pasivo a la facultad de recibirla. No existe obligación de ejercer el derecho de legación.
Algunos autores consideran al derecho de legación como uno de los atributos de la soberanía.
Derecho de misión. (V. derecho de legación)
Détente
Término en francés que se emplea para describir una situación de relajamiento de un estado de tirantez o tensión que existe en las relaciones diplomáticas entre dos o más países.
Diplomacia
A este término se le dan varios significados, independientemente de que quien lo use sea un experto en relaciones internacionales o un lego. Se le emplea como equivalente de 'tacto', 'política exterior', 'negociación', etc. En estricto sentido y para los efectos específicos de las relaciones internacionales:
Diplomacia es el manejo de las relaciones internacionales mediante la negociación; el método merced al cual se ajustan y manejan esas relaciones por medio de embajadores y enviados; el oficio  o arte del diplomático. (Diccionario de Oxford, citado por Nicholson en La Diplomacia, México, FCE, 1955, p 14.)
Una definición breve y de gran exactitud es la que atribuye José Lión Depetre en su Derecho diplomático a Riviere: 'la diplomacia es la ciencia y el arte de la representación de los estados y de las negociaciones.'
Con base en estas definiciones y con una terminología actual, podemos decir que: 'La diplomacia es el método para establecer, mantener y estrechar las relaciones oficiales entre los estados, mediante negociaciones efectuadas por Jefes de Estado o de Gobierno, Ministros de Relaciones Exteriores y agentes Diplomáticos.'
La palabra 'diplomacia' tiene su origen en el verbo griego diploó, que significa plegar o doblar.
Doble representación
Se conoce con este término al hecho de que un mismo agente diplomático esté acreditado ante dos o más estados a la vez.
Esta práctica resulta muy conveniente para aquellos países que no cuentan con grandes recursos, ya que les permite acreditar a un mismo jefe de misión ante varios estados teniendo sólo una sede diplomática, desde donde se puedan atender las relaciones diplomáticas con esos estados.
Dolo
Concepto que hace referencia a las artimañas o maquinaciones por las que un estado es inducido a otorgar su consentimiento a un tratado  que de otra forma no hubiera suscrito. No hace al tratado nulo inmediatamente, pero permite a la parte, si así lo desea, invocar el fraude para invalidar su consentimiento.
Ejecución
Es una de las causas por las que los tratados terminan sus efectos. Cuando los pactos internacionales tienen por objeto la realización de cierto acto, expiran en el momento de su cumplimiento; son los llamados tratados dispositivos. Tal sería el caso de los tratados de cesión de territorios, que son de ejecución inmediata.
Embajada
Técnicamente se refiere a la residencia de un embajador, aunque suele utilizarse este término incorrectamente para designar al lugar en donde desarrollan sus tareas el embajador y los demás funcionarios de una misión. En este caso, el correcto es "Cancillería". Para diferenciarlo de éste, actualmente se suele utilizar el término "residencia del embajador".
Embajada, Funciones
Según la Convención de Viena de las Naciones Unidas (14/4/61), sobre relaciones diplomáticas, las funciones de una misión diplomática consisten entre otras en:
•    Representar al país que lo envía ante otro que lo recibe.
•    Proteger en la nación que se encuentre los intereses de su país o de sus ciudadanos, dentro de los límites permitidos por el derecho internacional.
•    Negociar con el gobierno del estado anfitrión.
•    Informarse por todos los medios legítimos sobre las condiciones y desenvolvimiento del estado que la recibe y consecuentemente reportar y mantener actualizado al gobierno de su país.
•    Promover relaciones amistosas entre ambos estados y fomentar el desarrollo de relaciones económicas, culturales y científicas.
Embajador
Jefe de una misión diplomática o embajada. Funcionario diplomático de primera clase, con misión permanente cerca de otro gobierno, representante del estado que le envía y, además, de la persona de su jefe de estado. 
Embajador Concurrente
Jefe de una misión diplomática o embajada cuya cancillería se encuentra ubicada en un país distinto al cual es acreditado.
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
Jefe de una misión diplomática o embajada. El término "extraordinario" no tiene un significado real. Antiguamente, se designaba así a aquellos embajadores no residentes en misiones temporarias para diferenciarlos de los embajadores normales permanentes. Esta apelación provocó discordias con estos últimos por las connotaciones negativas del término, que sugerían un rango inferior, por lo que extendió esta denominación a todos los embajadores. "Plenipotenciario" también está cayendo en desuso, ya que significa la posesión de plenos poderes para ejercer las funciones normales de un embajador.
Encargado de Negocios a.i.
Con el agregado a.i. (ad interim), funcionario diplomático de mayor jerarquía dentro de una representación diplomática, encargado interinamente de reemplazar al embajador o jefe de misión en su ausencia. Anteriormente se designaba con este título al jefe de una misión cuya jerarquía era inferior al de un embajador o ministro.
Enmienda
Modificación que puede ser introducida en los pactos internacionales por acuerdo entre las partes. Las enmiendas pueden ser de jure o de facto. 
Enviado
Se utiliza este término para aludir a cualquier diplomático de alta jerarquía. Anteriormente, tenía una connotación jerárquica específica y con él se designaba a diplomáticos de rango apenas inferior a los de mayor jerarquía.
Eexequatur
Documento que expide el gobierno de un país a un cónsul, en el que se lo autoriza a desempeñar sus tareas consulares en representación de su país.
Enviado itinerante
Enviado especial que viaja sucesivamente a dos o más países para tratar un mismo asunto.
Estado acreditante
Estado que envía una misión diplomática. También conocido como estado mandante.
Estado receptor
Es el estado que recibe a la misión diplomática.
Estatuto
Instrumento internacional que contiene el régimen jurídico al que se encuentra sujeto un territorio determinado o un organismo internacional.
Excelencia
Tratamiento que debe darse, de acuerdo con la práctica diplomática, a un embajador.
Exhorto Internacional
Ver Comisión Rogatoria Internacional.
Extradición
Solicitud que hace un estado a otro para que se le entregue a una determinada persona acusada de cometer un delito en el territorio del primero.
Extraterritorialidad
Ejercicio de funciones soberanas por una nación en territorio extranjero de acuerdo de previos acuerdos formales. Como resultado de esto, también se refiere a la reducción de la jurisdicción de un país en determinadas áreas y/o aspectos específicos.
Impasse
Vocablo francés que se aplica a una situación de estancamiento o suspensión en las negociaciones o en el desarrollo de las relaciones entre los estados.
Informe diplomático
Una de las principales funciones de la misión diplomática es la de 'enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la evolución de los acontecimientos en el estado receptor e informar sobre ello al gobierno del estado acreditante'.
Los documentos en los que se transmite esta información se conocen como informes diplomáticos que, según los diferentes gobiernos, pueden llamarse 'despachos', 'cartas' u 'oficios' - como en el caso de México.
Instrucciones diplomáticas
Directrices que da la Secretaría de Relaciones Exteriores del estado acreditante a sus jefes de misión para el mejor cumplimiento de sus funciones. Fundamentalmente son instrucciones para negociar con el gobierno del estado receptor, fomentar las relaciones económicas, culturales, científicas y en general para llevar a cabo todas aquellas gestiones que interesen al estado acreditante.
Intercambio de notas
Registro de un acuerdo de rutina entre dos estados, a través del intercambio de documentos donde cada uno queda en posesión del firmado por el otro, al igual que ocurre en el derecho privado con cualquier contrato. Según el procedimiento usual, la nación aceptante reitera el texto de la proponente para registrar su asentimiento. El contenido de las notas es acordado previamente por parte las dos naciones participantes en dicho intercambio. Se lo utiliza frecuentemente por la rapidez de su procedimiento o, en algunos casos, para evitar el proceso de la aprobación legislativa.
Introductor de embajadores
Funcionario que tienen algunos estados, ya sea en el ministerio de negocios extranjeros o en las oficinas del jefe de Estado, a cuyo cargo están algunas de las funciones inherentes al director de Ceremonial o Protocolo, principalmente las de recibir a los embajadores a su llegada y dirigir la audiencia de presentaciones de cartas credenciales. En México no existe este cargo. El director de Ceremonial de la Secretaría de Relaciones lleva a cabo esas funciones, junto con las demás relativas al protocolo.
Inviolabilidad de la Misión
Es la inmunidad de que gozan los locales de la misión diplomática, que impide que cualquier autoridad o agente del estado receptor pueda penetrar en ellos sin el consentimiento del jefe de Misión.
Jefe de Misión
Funcionario de mayor jerarquía de una embajada, misión permanente, delegación, consulado general o consulado. Un embajador siempre es jefe de misión y en el caso de un ministro, cónsul general o cónsul, lo es cuando no exista designado para ese cargo otro funcionario de mayor jerarquía. También puede aludir al titular de una misión diplomática especial y temporaria pero generalmente su uso está reservado para los cargos mencionados anteriormente.
Jus cogens
Locución latina que significa derecho taxativo, es decir, el conjunto de normas inderogables por el consentimiento de las partes que no admiten pacto en contrario, dada la naturaleza del bien que tutelan: el orden público. A estas normas, llamadas imperativas, se oponen aquellas cuya existencia depende de la voluntad de las partes, o sea las normas dispositi
Legación
Misión diplomática de rango inferior a la embajada, al frente de la cual no se halla un embajador si no un jefe de misión denominado ministro o ministro residente. El uso del término ¨legación¨ como sinónimo de embajada, es por tanto, incorrecto.
Legado
Título que se daba a los representantes diplomáticos permanentes del Vaticano hasta el siglo XVI. En la actualidad son representantes de la Santa Sede en misiones especiales y temporales.
Lista diplomática
Relación que publica el gobierno del estado receptor  de los agentes diplomáticos acreditados ante él. Es costumbre incluir en la lista diplomática a las esposas e hijas mayores. Su presentación varía de un estado a otro en cuanto a forma, periodicidad de publicación y algunos otros detalles.
Matricula Consular
El certificado de matrícula consular es un documento público que acredita que un mexicano se encuentra domiciliado en el extranjero, lo identifica y prueba que está debidamente matriculado dentro de la circunscripción consular. Además de servir como identificación es útil en las labores de protección. Este certificado se obtiene en las representaciones de México en el extranjero.
Mediación
Intervención amistosa de un tercer estado entre dos (o más) que se hallan en conflicto (armado o no) proponiendo una solución que pueda ser aceptable para todos los litigantes.
Memorándum
Tradicionalmente era un tipo de nota diplomática, de carácter solemne. En la evolución posterior, el memorándum ha ido perdiendo su carácter especial, para igualarse a los pro memoria. Aún se sigue utilizando para cuestiones más solemnes o importantes o para temas desarrollados con una mayor extensión o detalle.
Ministro – Ministro Consejero
Segundo funcionario en jerarquía de una embajada ubicado inmediatamente por debajo del embajador.
Misión
1.    Grupo o comitiva de personas enviadas a otro país para dirigir negociaciones, establecer relaciones, proveer asistencia científica y técnica, etc.
2.    El tipo de objetivo al que ese grupo o comitiva es asignado
3.    Embajada, delegación o institución diplomática en el extranjero. Representación diplomática permanente de una nación ante otra.
Misión Especial
Representación diplomática temporaria de un estado, enviada a otro país y con consentimiento de éste, con el propósito de atender cuestiones específicas o de realizar en función de ello una tarea determinada.
Modus vivendi
Expresión que designa los arreglos provisionales cuyo objeto es prorrogar anualmente un determinado acuerdo. Algunos autores la emplean como sinónimo de tratado.
Negociación
Término que en sentido amplio, designa las relaciones entre dos o más estados que producen o derogan una norma jurídica.
Referido a los tratados, alude al procedimiento que llevan a cabo las partes para celebrar un acuerdo.
Negociador
Es el representante del estado, debidamente acreditado, que toma parte en las discusiones encaminadas a la firma de un convenio.
Nulidad
Ausencia de los requisitos que dan a un tratado validez jurídica. La nulidad  de un tratado determina que sus disposiciones carezcan de fuerza jurídica.
La nulidad puede ser invocada sólo con respecto a todo el tratado, salvo que se convenga otra cosa; si la causa de nulidad se refiere a ciertas cláusulas, sólo podrá invocarse si éstas son separables del resto del pacto, si no constituyen la base del consentimiento de la otra parte o si no hacen que el cumplimiento del resto del tratado sea injusto.
Notas diplomáticas
Comunicaciones escritas que intercambian las embajadas con la Secretaría o Ministerio de Relaciones Exteriores del estado receptor. en estos escritos se tratan todas las cuestiones relacionadas con la gestión oficial de la misión diplomática.
Puede formularse de dos maneras: como nota formal o como nota verbal. En la primera, que es la menos frecuente, se tratan cuestiones de mayor importancia o seriedad, está escrita en primera persona y la dirige el jefe de misión al secretario de Relaciones Exteriores o viceversa. La segunda es el tipo de nota que se usa con mayor frecuencia; en ella se abordan cuestiones de trámite común y de menor importancia y se redacta en tercera persona, siendo dirigida por la misión a la Cancillería, o viceversa.
Nunciatura
Misión diplomática de la Santa Sede ante los estados con los que mantiene relaciones diplomáticas, al frente de las cuales se halla un nuncio. Es el equivalente a una embajada, es decir, es una misión diplomática de primera clase.
Nuncio
Jefe de la misión diplomática (nunciatura) de máximo rango de la Santa Sede, su categoría es idéntica a la de un embajador.
Observador permanente
Jefe de misión de una misión permanente de observación, acreditado en al diplomacia multilateral por un estado ante una organización internacional de la que no es miembro.
Oficio
1.    Todos los comunicados escritos intercambiados mutuamente entre un Ministerio de Relaciones Exteriores y las misiones diplomáticas u oficinas consulares de él dependiente.
2.    En la práctica de algunos estados se reserva este término para denominar las comunicaciones que el Ministerio de Relaciones Exteriores dirige a otros ministerios u organismos de la administración de su propio país.
Orden
En al práctica de algunos estados se reserva éste término para denominar las comunicaciones escritas dirigidas por un Ministerio de Relaciones Exteriores a sus propias misiones diplomáticas y oficinas consulares de él dependientes.
Orden circular
Orden cuyos destinatarios son todas, o varias misiones diplomáticas u oficinas consulares de un país en el exterior.
Orden de Precedencia
Ordenamiento protocolar que establece la preeminencia o primacía de los jefes de las distintas misiones diplomáticas dentro de sus respectivas categorías, de acuerdo a la fecha y hora de su acreditación.
Organización Internacional
Entidad con personalidad jurídica propia, creada por varios estados en virtud de un tratado multilateral (tratado constitutivo) con el objetivo de realizar conjuntamente fines específicos para los que fue creada.
Pasaporte
Título de viaje o identidad expedido por cada estado a sus connacionales que viajan al extranjero.
Persona non grata
Término en latín que se utiliza para describir al agente diplomático a quien, después de haber sido acreditado y estando en ejercicio de sus funciones, el estado receptor considera que debe ser retirado en virtud de que, de alguna forma, ha ofendido a dicho estado.
Personal Diplomático
Integrantes de una representación diplomática que poseen status diplomático.
Plácet
Es la manifestación que hace el estado receptor, solicitando para ello, por el estado acreditante, de que no tiene nada que oponer a la persona que éste se propone nombrar como jefe de misión ante aquél.
La solicitud de ¨plácet¨ se hace por medio de nota verbal o de nota firmada a la cual se acompaña una biografía de la persona preconizada.
Plenipotenciario
Persona a la que se le confieren facultades específicas para representar con plenos poderes, y especialmente para celebrar tratados, a un sujeto de derecho internacional en el cumplimiento de sus funciones.
Plenos Poderes
Documento emanado de la autoridad competente de una nación designando a una persona o más para que actúe en representación de ella, negociando, adoptando, refrendando el texto de un tratado, expresando el consentimiento del estado a someterse a él o para llevar a cabo cualquier otro acto respecto del mismo. Los jefes de estado, jefes de gobierno y los ministros de relaciones exteriores son considerados representantes de su nación en todos aquellos actos relativos a la conclusión de un tratado y no necesitan presentar plenos poderes. Tampoco los jefes de las misiones diplomáticas, en la relación a un convenio entre su nación y el estado ante el que se encuentran acreditados. Del mismo modo, los representantes acreditados por un país ante una conferencia u organismo internacional o uno de sus órganos, en la adopción del texto de un tratado que surgiera de ellos.
Portavoz
Persona que divulga la noticias y expone las toma de posición de un gobierno, ministerio u organismo determinado.
Precedencia
Preferencia que se da a los agentes diplomáticos para efectos de protocolo, según su rango y antigüedad en el cargo.
Privilegios e Inmunidad Diplomática
Beneficios de inviolabilidad que goza un diplomático sobre su persona y el ámbito donde reside y se desempeña, de exención de impuestos y de jurisdicción civil y criminal respecto de tribunales locales. Estos beneficios fueron convenidos históricamente en reconocimiento a que el diplomático representa a una soberanía diferente y que el ejercicio legítimo de sus funciones no le será innecesariamente impedido.
Pro-Memoria
Documento que envía o presenta una misión diplomática al ministerio de Relaciones Exteriores del estado receptor, en la cual se expone el estado de una determinada cuestión. Su redacción es impersonal, a veces, recibe también el nombre de ¨memorándum¨ y el de ¨aidemémoire¨.
Protección Consular
Término genérico en el que se denomina el conjunto de acciones, gestiones e intervenciones que los funcionarios consulares en el extranjero pueden realizar en beneficio de sus connacionales dentro de los límites permitidos por el derecho internacional.
Protocolo
Conjunto de reglas que rigen un ceremonial diplomático, establecidas por decreto o por costumbre.
Acta relativa a un tratado, convenio, conferencia o congreso diplomático.
Renovación de credenciales
Existe la necesidad de que los jefes de misión presenten nuevas credenciales cuando es proclamando un nuevo soberano en los estados monárquicos. En el caso de las Repúblicas no es necesaria la renovación de credenciales cuando hay un cambio de presidente.
Raprochement
Término francés que significa reconciliación o aproximación, y que se utiliza para describir las gestiones o la política que, para tales fines, se lleva a cabo entre dos o más estados después de un periodo de fricción o distanciamiento.
Renuncia
Una de las formas de terminar un tratado consiste en renunciar a los derechos que éste confiere. Cuando la renuncia es aceptada expresa o tácitamente por la otra parte, la terminación se da por consentimiento mutuo. La renuncia puede afectar parte del tratado o su totalidad.
Retorsión
Reacción de un estado contra una determinada conducta de otro que le perjudica, pero manteniéndose ambos dentro de la licitud internacional.
Reserva
Es la declaración unilateral, cualquiera que sea su enunciado o denominación, hecha por un estado al firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado, o al adherirse a él, con objeto de excluir o modificar los efectos jurídicos de la aplicación en ese estado de ciertas disposiciones del tratado.
Salvoconducto
Es el documento expedido por el país donde se produce el asilo, que permite al asilado salir libremente del territorio donde se encuentra.
Secretario
También denominado secretario diplomático. Funcionario de una embajada o misión que sigue en importancia al consejero. De acuerdo a su jerarquía, se los designa como primer secretario o secretario de primera, segundo secretario o secretario de segunda, o tercer secretario o secretario de tercera.
Secretario de Relaciones Exteriores
En México el titular de la cartera, ministerio, cancillería o secretaría encargada de las relaciones exteriores.
Servicio Exterior
Es el conjunto de funcionarios, agregados, empleados y técnicos que han sido nombrados por un gobierno para que presten sus servicios en las misiones diplomáticas y consulares que tienen en el extranjero y en las delegaciones ante organismos internacionales.
Su Excelencia
Tratamiento protocolar que se utiliza para dirigirse a un embajador. Aunque se trata de un término arcaico que debiera dejar de utilizarse, su uso es muy generalizado aun entre pares. Se abrevia "S. E."
Su Excelencia Reverendísima
Tratamiento protocolar que se utiliza para dirigirse al nuncio apostólico. Se abrevia "S. E. Rvdma."
Su Señoría
Tratamiento protocolar que se estila brindar a un funcionario diplomático con el cargo de ministro o ministro consejero. Al igual que "Su Señoría" no es obligatoria su utilización pero convencionalmente su uso es aún muy generalizado, aún entre pares. Se abrevia "S. S."
Sujetos de Derecho Internacional
Nombre que reciben aquellos entes susceptibles de ser titulares de derechos y obligaciones regulados por el orden jurídico internacional.
Supranacionalidad
Término con el que se alude a procesos u organizaciones cuya finalidad es no sólo la de coordinar las soberanías nacionales, si no la de crear instituciones que ejerzan poderes y competencias transferidos por los estados nacionales.
Tratado
Nombre genérico por el que se denomina cualquier Acuerdo entre dos o más estados (u otros sujetos de Derecho Internacional), sometido al derecho internacional y que crea una obligación jurídica para los mismos.
En materia de tratados internacionales se halla regulado por la Convención de Viena del 23 de mayo de 1969.
Etapas normales de un tratado: negociación, adopción del texto, autenticación del texto, firma y ratificación y publicación.
Tourneé
Visitas de cortesía que debe hacer un embajador recién llegado a su sede a todos sus colegas y a algunos altos funcionarios del estado receptor, después de la presentación de cartas credenciales.
En algunos países el cuerpo diplomático se ha puesto de acuerdo para suprimir esta práctica, sustituyéndola por la celebración de una recepción en la que el recién llegado tenga la oportunidad de conocer y conversar con sus colegas.
Ultimátum
Comunicación (escrita u oral) que un estado dirige a otro exigiéndole una determinada conducta y amenazándole con la adopción de determinadas medidas si su demanda no es atendida, generalmente, antes de un plazo determinado.
Valija diplomática
Envío que remite, generalmente de modo regular, la misión diplomática al ministro de relaciones exteriores (y viceversa) que contiene la correspondencia y los objetos de uso oficial, y en el cual debe constar de modo ostensible su carácter de valija diplomática.
Es inviolable: no puede ser abierta ni retenida bajo ningún concepto.
Visa (do)
Diligencia que algunos estados exigen a los súbditos de otros, como requisito previo a su admisión en la frontera y que es generalmente estampada sobre el pasaporte en las oficinas o secciones consulares. Su finalidad puede ser la de controlar o restringir la afluencia de extranjeros.

El presente trabajo está planteado para que toda persona ajena al uso del lenguaje diplomático se pueda familiarizar con algunos de los términos utilizados en el ámbito internacional. Naturalmente este glosario se enriquecerá en los sucesivo a partir de las inquietudes y aportaciones de los propios diplomáticos, especialistas y público en general.

Bibliografía:

LABRIEGA, Pedro G., Derecho Diplomático: Normas, Usos, Costumbres y Cortesías, Ed. Trillas, México, 1989
MARTÍNEZ LAGE, Santiago, Diccionario Diplomático, Ed. Cultura Hispaníca, Madrid 1993
WATSON, Adam, Diplomacy: The Dialogue between States, Ed. eyre Methuen Ltd. Londres, Gran Bretaña, 1982
VALDEZ, Raúl, Terminología Usual en las Relaciones Internacionales. III Derecho Diplomático y Tratados. SRE, méxico, 1976
Secretaría de relaciones exteriores México


publicado por inter5retacion a las 15:57 · Sin comentarios  ·  Recomendar
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